Porque la senda desde la inquietud a la confianza viene marcada por la reflexión

viernes, 13 de enero de 2012

El negocio de las nulidades matrimoniales

Hoy me inquieta la nulidad matrimonial. Para muchos puede que este no sea un tema muy agradable puesto que es un cambio de registro bastante grande después del artículo con el que NRQ nos deleitó anteayer, pero para mí es un tema que aparece en la sociedad y en los medios de comunicación repetidamente y con muchas medias verdades como fruto de la ignorancia.

Todos sabemos aquello de lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre, por eso resulta extraño que se hable de la nulidad matrimonial, entendido muchas veces como el divorcio por la Iglesia, pero en realidad nulidad no quiere decir que el matrimonio se haya acabado sino que, por ciertos defectos, no se puede considerar que ese matrimonio haya sido real.

Hay muchos y variados motivos por los que un matrimonio puede ser considerado nulo y los más corrientes son la negativa a tener hijos, las adicciones o violencia doméstica, la infertilidad, la coacción, etc. Y para ser efectiva necesita seguir un proceso por el cual dos tribunales reconocen, a partir de las pruebas y los testimonios aportados, que ese matrimonio es nulo.

En realidad, la nulidad o no del matrimonio no depende del tribunal, sino de los impedimentos pero la sentencia es necesaria cuando alguno de los conyuges desea volver a casarse por la Iglesia así que, desgraciadamente, la mayoría de parejas que piden la nulidad lo consideran un simple trámite burocrático antes de poder volver a casarse. También puede haber gente que por ser coherente con sus creencias la solicite, pero su número (imposible de calcular de manera exacta) no es muy alto.

Las cifras de parejas que piden la nulidad no son muy altas, en torno a un 1%, pero aun así este tema salta a la actualidad constantemente por ser famosos quienes la desean (algunas, como Isabel Preysler, ¡la han obtenido dos veces!) y da una imagen errónea del proceso (o no tanto).

Se suele considerar un proceso caro, aunque existe la exención de tasas para quien lo necesite, porque algunos abogados, completamente innecesarios en realidad, cobran mucho por la defensa de sus clientes, incluso existe la compra de testigos y diferentes casos de corrupción de tribunales (reconocidos por Juan Pablo II).

En definitiva, la nulidad supone la aceptación de que las personas nos podemos equivocar, puesto que somos imperfectas, es cierto que alguien puede aprovecharse de ello, igual que cuando uno da la cara, le pueden dar una bofetada, pero Jesús nos enseña a poner la otra mejilla.

PS: Por cierto, quiero destacar que, aunque una persona se case, en matrimonio válido, y luego se divorcie, sin conseguir la nulidad, NO está excomulgada. (Decídselo a vuestros párrocos, muchos no lo saben.)

3 comentarios:

  1. Buen trabajo de documentación.
    Hace falta más formación sobre esta inquietud que es un tabú dentro de la Iglesia.

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  2. Yomismo Solo1/17/2012

    INTERESANTE

    PERO LA CAGAS PROFUNDAMENTE AL FINAL DEL ARTICULO.

    ¿SABES LO QUE ES LA EXCOMUNION?

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  3. MiqMat1/21/2012

    Querido yomismo solo, me refiero a la excomunión realizada por los obispos y contemplada en la sentencias de las que hablé en el otro artículo. Obviamente usted se refiere a la excomunión como ser apartado de la comunión que provoca cualquier pecado mortal, pero esa excomunión se supera con una confesión con cualquier sacerdote, no con un confesor especial. Esa es la principal diferencia.
    Por cierto, no considero su lenguaje violento y sucio como adecuado. Gracias por su comentario.

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